ANTECEDENTES: El promovente solicita se confirme su criterio en el sentido de considerar que cuando el quinto párrafo del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación hace referencia a las reestructuras de sociedades, se deberá atender al artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en caso de ser así, si se debe cumplir con todos los requisitos del mencionado artículo 26, o únicamente el establecido en la fracción IX de dicho artículo.
CONSIDERANDOS: Respecto de la solicitud de confirmación de criterio hecha por el contribuyente, el artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación en su quinto párrafo señala que en los casos en los que la fusión o la escisión de sociedades formen parte de una reestructuración corporativa, se deberá cumplir, además, con los requisitos establecidos para las reestructuras en la Ley del Impuesto sobre la Renta.






