jueves, 20 de mayo de 2010

El Contrato de Compra Venta

El contrato de compra-venta es aquel en virtud del cual una persona llamada vendedor se obliga a transmitir el dominio de una cosa o derecho a otra persona llamada comprador quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y en dinero.

Dentro de las características de este tipo de contrato estan el que es translativo de dominio, bilateral, oneroso de prestación diferida

Sus elementos escenciales son:

-Consentimiento: Consiste en la manifestación de voluntad del vendedor de transmitir el dominio de la cosa o del derecho y la voluntad del comprador de pagar un precio cierto y en dinero.

-Objeto: Consiste en la cosa y el precio que se habrá de pagar por ella

A falta de algunos de estos elementos se produce la inexistencia del contrato.

Elementos de Validez

1. Que el motivo, objeto o fin del contrato sea licito, es decir que este regulado por el comercio. A falta de estos elementos se produce la nulidad absoluta, surte efectos que son destruidos retroactivamente hasta el momento de su celebración, no se puede convalidar y su acción tampoco prescribe.

2. La capacidad para contratar.

3. La formalidad. Generalmente la compra-venta es consensual ya que se perfecciona con el simple consentimiento de las partes aunque no se entregue la cosa ni se satisfaga el precio, pero tratándose de inmuebles, que rebasan 365 días de salario mínimo vigente deberá contar en escritura publica e inscribirse en el registro publico de la propiedad.

4. Que el contrato se haga sin ningún vicio del consentimiento que pueda invalidarlo ya que si se otorga con los últimos elementos de validez estará afectado de nulidad relativa, que si es susceptible de realizarse.


Obligaciones que se deben mencionar en el contrato:

1. Transmitir la cosa vendida
2. Entregar exactamente la cosa en el lugar, forma y tiempo convenido
3. Garantizar las cualidades de la cosa
4. A presentar la evicción

Obligaciones del Vendedor

1. Garantizar hasta la entrega de la cosa que ésta no sufra deterioro

2. entregar la cosa en el estado en que se hallaba en el momento de su perfeccionamiento.

3. Entregar todos los frutos producidos desde que se perfecciono el contrato hasta la entrega misma de la cosa.

4. Si se trata de un inmueble y se han designado los linderos, el vendedor esta obligado a entregar todo.

5. Responder de los vicios ocultos de la cosa vendida y en caso de que los hubiera, el comprador pedirá la acción quanti minoris, es decir la reducción del precio o la rescisión del contrato.

6. responder del saneamiento en el caso de evicción

7. Pagar el monto de daños y perjuicios si la cosa pereciera por culpa del vendedor.

Obligaciones del Comprador

1. Debe pagar el precio cierto y en dinero

2. El pago lo hará en el lugar donde hubieran pactado, y si no hubiere ese pacto se hará al recibir la cosa

3. Pagar en el tiempo que se hubiera pactado

4. El comprador pagara intereses por el tiempo que medie entre la entrega de la cosa y el pago del precio cuando:
a) Así se convino.
b) Si la cosa vendida y entregada produce frutos o venta.
c) Si incurre en mora.

5. Transmitir la propiedad de otra cosa que sea de su propiedad, si es que paga parte del precio en especie, y parte en dinero, y en ese caso asume también las obligaciones del vendedor, por la cosa que debe entregar.

6. Debe pagar salvo pacto en contrario. El 50% de los gastos de escritura y de registro, si es que se trata de un contrato que deba llevarse a escritura publica.

7. Debe recibir la cosa, y si se niega a ello, entonces el vendedor tiene derecho de hacer consignación en pago para liberarse de su obligación.
Related Posts with Thumbnails