jueves, 18 de marzo de 2010

Analisis Financiero de Slim y Gates

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El Contrato de Depósito

El Contrato de Depósito es aquel en el que una persona llamada depositario se obliga a custodiar una cosa mueble o inmueble de otra persona llamada depositante y a restituirla cuando este la requiera.

Entre las principales características de este contrato podemos mencionar que es un contrato de prestación de servicios, bilateral, oneroso por naturaleza e Intuito personae, es decir, que el depositario debe tener ciertas cualidades o condiciones particulares para tal efecto.

Dentro de los depósitos que pueden dar origen a este tipo de contrato podemos encontrar los siguientes:

Deposito Civil: Tiene este carácter por exclusión siempre que no sea mercantil ni administrativo y se regirá por el código civil

Deposito Administrativo: Tiene este carácter cuando se hace ante un órgano administrativo.

Deposito Mercantil: Cuando tiene su origen en una operación mercantil o comercial y recae sobre las cosas mercantiles que están constituidos por los almacenes generales del depósito

Deposito Bancario: Es aquel que se hace en las instituciones de crédito constituidas conforme a la ley de la materia que se dividen en regular e irregular. Regular es aquel en que la institución bancaria devuelve exactamente lo depositada. E Irregular cuando el banco devuelve una cantidad igual mas los intereses convenidos.

Deposito en Establecimientos: Es aquel en el que se reciben huéspedes.

Contrato de Deposito: Obligaciones del Depositario, del Depositante y causas de terminación del contrato

Dentro de los elementos del Contrato de Depósito se encuentran las obligaciones de los que intervienen en el mismo, asi com las causales de su terminación:
Obligaciones del Depositario

-Recibir la cosa objeto de contrato.
-Guardar y conservar la cosa depositada.
-Restituir la misma cosa depositada al depositante en el lugar, forma y tiempo convenido.

Obligaciones del Depositante

-Entregar la cosa objeto del contrato en el tiempo, lugar y forma convenida.
-Pagar la retribución convenida al depositario salvo pacto en contrario.
-Indemnizar al depositario todos los gastos que hay hecho para conservar la cosa.
-Pagar los gastos de entrega de la cosa depositada.

Causales de la Terminación del Contrato

-Por vencimiento del término.
-Por cumplimiento de la condición resolutoria si así se hubiere convenido.
-Por pérdida de la cosa depositada.
-Por confusión en las obligaciones del Depositario y del Depositante.
-Por renuncia de una de las partes.

El Fideicomiso de Seguros

Las buenas intenciones del jefe de familia que contrata un seguro de vida para que, el día que fallezca, su esposa e hijos reciban una suma importante que les permita una digna subsistencia, puede malograrse si, ocurrido el siniestro, los beneficiarios de la indemnización que abone la compañía aseguradora administran mal lo recibido y en poco tiempo consuman el importe cobrado.

Es una preocupación que nunca descarta quien contrata tal seguro, la que puede evitarse por vía de un fideicomiso debidamente constituido.

El asegurado nombra como beneficiario a un banco u otra entidad financiera de su confianza y celebra con el mismo un contrato de fideicomiso, designándolo fiduciario del importe a percibir de la aseguradora, fijando su plazo y especificando todas las condiciones a las que debe ajustarse aquel en cumplimiento de los fines instruidos (inversiones a efectuar, beneficiarios de las rentas, destino final de los bienes, etc.).

Se trata de una modalidad de fideicomiso que puede ser de suma utilidad y con provecho para las entidades fiduciarias por las comisiones u otros ingresos que por su gestión convengan y perciban.

Clasificacion de las Cuentas de Orden

Las cuentas de orden, se caracterizan por no afectar directamente el resultado de una organizacion, por lo tanto no podran ser cuentas de balance o de resultados. En virtud de lo anterior es razonable que no puedan clasificarse dentro del grupo de cuentas de activo, pasivo, capital, ingresos o egresos.

Las cuentas de orden bien podrian clasificarse de la siguiente farma:

Cuentas de orden para valores ajenos: Serían aquellas en las que se controlen los depósitos en garantía y mercancías en comisión.

Cuentas de orden para valores contingentes. Estas son con las que se controlarían los documentos descontados y endosados, avales otorgados, juicios pendientes y seguros contratados.

Cuentas de orden para valores de registro o control. Aqui se manejarían las cuentas de Activo depreciable.

Para el registro  en estas cuentas, se cargará a una cuenta de orden y se abonará a otra cuenta de orden, esto seria para conservar el equilibrio de la ecuación del balance general.

Si se registrara cargando a una cuenta de orden y abonando a una de balance o de resultados el balance no nos cuadraría, porque si se registrara cargando a una cuenta de balance o resultados y se abonara a una cuenta de orden, la igualdad A = P + C se perderia totalmente.
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