lunes, 5 de julio de 2010

El Costo Anual Total (CAT)

El CAT es una medida que incorpora en una sola cifra, todos los costos en los que incurrimos al contratar algún tipo de crédito: auto, casa, tarjeta de crédito, entre otros. Es decir, además de la tasa de interés, considera las comisiones, seguros y otros gastos relacionados con el financiamiento que también nos cuestan y generalmente desconocemos.

En este sentido, el CAT es de gran utilidad para quien desea contratar un crédito, al permitir identificar fácilmente cual de las opciones en el mercado es la más barata.

El pasado 17 de noviembre del 2009 entraron en vigor algunas modificaciones a la forma en la que se calcula y se informa al público usuario el CAT, que permitirán hacer de este indicador una herramienta de mayor utilidad, especialmente en el segmento de tarjeta de crédito.

Son fundamentalmente dos los cambios más relevantes:

•Ya no se incluirá el IVA como parte del CAT. Esto obedece a que este impuesto no se cobra en algunos créditos, lo que dificulta la comparación entre opciones; y a que la tasa impositiva no es la misma en todo el país. Por ello, en toda la publicidad, contratos y estados de cuenta se deberá incorporar la leyenda “Sin IVA”, inmediatamente después del valor correspondiente al CAT.

Es importante mencionar que el excluir el IVA del cálculo del CAT, no implica que la institución que ofrece el crédito lo dejará de cobrar. El pago de este impuesto es una obligación por ley que se seguirá aplicando.

•El CAT que se dé a conocer con fines publicitarios, se calculará con la tasa de interés promedio que corresponda al producto, y ya no con la tasa de interés máxima. Lo anterior contribuirá en dos aspectos, por un lado permitirá unificar la manera en que las instituciones informan sobre este indicador; en la actualidad, especialmente en tarjeta de crédito, el CAT no se publica en una cifra, sino considerando rangos mínimos y máximos, confundiendo al usuario y haciendo al indicador poco útil.

Por otra parte, el nuevo CAT será más representativo y cercano a lo que verdaderamente nos cuestan los diferentes tipos de créditos, al utilizar la tasa de interés promedio del producto, y no la máxima que puede llegar a cobrar.

A partir de ahora, cuando se informe el CAT deberá aparecer un solo valor, no mínimos ni máximos, se expresará en términos porcentuales anuales, redondeado a un decimal (por ejemplo: 30.6%), y en publicidad y propaganda se incorporará la leyenda “CAT Promedio”.

Es muy importante mencionar que una vez que el usuario se decide por alguna opción de crédito, tanto en su contrato como en su estado de cuenta le aparecerá un CAT diferente al referido en la publicidad de la institución otorgante, ello es debido a que el costo del financiamiento se ajusta (hacia arriba o hacia abajo) de acuerdo al perfil de riesgo del cliente, y posteriormente por el comportamiento específico que el usuario del crédito vaya presentando.

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Fuente: Condusef
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