viernes, 21 de mayo de 2010

Los Asimilados a Salarios sin derecho de Subsidio al Empleo

ANTECEDENTES: La consultante manifiesta que del análisis efectuado al Artículo Octavo del Decreto de reformas fiscales publicado el 01 de octubre de 2007 y cuya vigencia inició el pasado 01 de enero de 2008, concluye que la aplicación del Subsidio al Empleo contenido en el referido artículo octavo es aplicable únicamente a los contribuyentes señalados en el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que considera que los demás contribuyentes señalados en el referido artículo 110, es decir, de la fracción II al VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no tienen derecho a la aplicación del referido subsidio para el empleo.
Con base en lo anterior, manifiesta que tiene como objeto que la autoridad hacendaria confirme que, para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta los prestadores de servicios asimilados a salarios no tienen derecho a la aplicación del subsidio al empleo a partir del 01 de enero de 2008 en adelante.

CONSIDERANDOS: Se considera que a las personas que se ubican en los supuestos de las fracciones II a la VII del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no les resulta aplicable el otorgamiento del subsidio a que hace referencia el citado Artículo Octavo, toda vez que de una interpretación estricta de las disposiciones fiscales, se desprende que dicho precepto señala que, únicamente gozan del citado beneficio los contribuyentes que perciban ingresos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la referida Ley.

RESOLUTIVO: Se confirma el criterio de la contribuyente en el sentido de que al Régimen Fiscal de Honorarios Asimilables a Salarios, previsto en la fracción V del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al que aluden los contratos privados celebrados, no le resulta aplicable el subsidio para el empleo previsto en el Artículo Octavo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y se establece el Subsidio para el Empleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de octubre de 2007, vigente a partir del 01 de enero de 2008.
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