Ya se ha comentado en otros post lo referente al fondo y forma de una fusion, ahora se vera lo referente al aspecto contable:
Formalizados los acuerdos de fusión, los libros de las compañías que van a fusionarse deben ajustarse con el objeto de depurar el activo y registrar todas las obligaciones conocidas. Asimismo deben saldarse las cuentas de los resultados a la fecha de la fusión.
Cualquier modificación que se acuerde respecto a los activos de las compañías que se fusionan, tales como reconocimiento de crédito mercantil o actualización de los valores del activo especialmente del fijo mediante avalúos por parte de peritos, deben reflejarse en los libros de la sociedad que corresponda.
Cuando algún socio no este conforme con la fusión y se retire, su liquidación podrá efectuarse en la propia sociedad de la que formo parte, y si esta desaparece, podrá asumirla la sociedad que nace o que subsiste. En caso de que alguna de las sociedades subsista, asumirá las obligaciones fiscales de las que desaparezcan (código fiscal de la federación) y dará los avisos a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
En el supuesto de que subsista una de las sociedades, pero cambie su denominación o razón social, debe procederse a dar todos los avisos, incluyendo a los Impuestos sobre el Valor Agregado y sobre la Renta, como cualquier negocio que empieza sus actividades.
Respecto a los resgistros contables, puede decirse:
Si nace una nueva sociedad, debe autorizar sus correspondientes registros.
Si subsiste una de las sociedades y no hay cambio de razón o denominación social, pueden seguirse utilizando los mismos registros, sin que sea necesario satisfacer tramite alguno.
Si subsiste una de las empresas, pero hay cambio de razon o denominación social, pueden seguirse utilizando los mismos registros, con el nuevo nombre de la compañía, o bien, pueden cancelarse los antiguos registros y establecerse nuevo, si así se consideran conveniente.
Las sociedades que desaparezcan deben cumplir cada una con los tramites fiscales y legales que correspondan a una sociedad que se liquida.
Efectos Fiscales de la fusion de sociedades
En el mundo fiscal, la fusión de sociedades produce una serie de importantes consecuencias, por su extensión y debido a la naturaleza cambiante de la materia fiscal, hace obsoleto cualquier estudio al año siguiente. Por lo que a continuación se relacionan algunos efectos.