martes, 23 de noviembre de 2010

Calculo del monto del salario de los dias de vacaciones


Hay muchos procedimientos que las leyes en sí no los traen definidos, y para ello es necesario apoyarse en situaciones similares o semejantes para llegar al resultado esperado por el legislador. Algunas leyes hacen referencia expresa de esta opción y otras apenas lo sugieren.

Pues bien, para determinar el monto de los salarios de los días de vacaciones, primeramente hay que hacer referencia al Art. 17 de la Ley Federal del Trabajo que a la letra dice:

"A falta de disposición expresa en la Constitución, en esa Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad."
Ya con la venia, ahora se estará en lo que el segundo párrafo del articulo 89 de la misma ley menciona:

"Artículo 89.-......

En los casos de salario por unidad de obra, y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Si en ese lapso hubiese habido aumento en el salario, se tomará como base el promedio de las percepciones obtenidas por el trabajador a partir de la fecha del aumento."
Cerrando con una instrucción directa en la misma ley:

"Artículo 259.- Para determinar el monto del salario de los días de vacaciones y de las indemnizaciones, se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 89."
Conforme a los artículos anteriormente descritos queda claro que para el cálculo del salario de los días de vacaciones se deben considerar las percepciones obtenidas por el trabajador durante los últimos 30 días del año de trabajo que genero el derecho a las vacaciones que el trabajador podrá disfrutar dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cumplir el año de trabajo.

A manera de ejemplo y para simplificar el comentario:

Si un trabajador cumplió un año de trabajo el 18 de noviembre del 2010 y va a disfrutar sus vacaciones dentro de los próximos seis meses, el periodo de 30 días que se debe considerar para el cálculo de su salario base para las vacaciones es el comprendido entre el 18 de octubre y el 18 de noviembre del 2010.
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