viernes, 13 de abril de 2012

¿Qué datos informativos obligatorios se deben manifestar en la declaración anual del 2011?



Pregunta: Soy una persona física -para efectos fiscales- y durante el ejercicio del 2011 vendí una casa-habitación de mi propiedad, operación sobre la cual se pagaron todos los impuestos correspondientes. Recientemente leí una nota periodística que informaba que aun y cuando se hayan pagado todos los impuestos marcados por la ley, se debe incluir en la declaración anual la información referente a dicha operación. La pregunta es: ¿Qué datos -a manera de información- estamos  obligados a manifestar en la declaración anual del 2011?


Respuesta: Efectivamente, la información referente a la operación de la venta de su propiedad durante el 2011 la debe incluir en su declaración anual del ejercicio correspondiente de manera informativa. Ademas se debe incluir información de los ingresos percibidos durante el 2011 -aún y cuando sobre dichas operaciones se hayan pagado los impuestos correspondientes. por los conceptos que se mencionan a continuación:

a) Préstamos
b) Premios  
c) Donativos

Sobre estos conceptos solo se debe incluir la información si en lo individual o en su conjunto excedieron de 600,000 pesos.

También la autoridad solicita información sobre los siguientes ingresos exentos del ISR:

d) Viáticos cobrados Si el monto que percibió  en 2011, excedió de 500,000 pesos  y si la suma del total de viáticos percibidos representa más de 10% de sus ingresos por salarios.

e) Enajenación de  la casa habitación del contribuyente.


f) Herencias o legados.

La autoridad fiscal solicita información sobre estos dos conceptos siempre que en lo individual o en su conjunto hayan excedido de los 500,000 pesos.


Fundamento Legal: Artículos 106, primer y segundo párrafos, 175, segundo párrafo de la LISR, 238-A y 238-B del RLISR y Regla I.3.10.2., de la RMF para 2012, publicada en el DOF el 28 de diciembre del 2011.
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