domingo, 10 de octubre de 2010

Visita domiciliaria para verificar la legal importacion, estancia o tenencia de mercancia extranjera



Es muy común que la autoridad, en ocasiones, le dé por verificar en una visita domiciliaria, la legal poseción de mercancías porvenientes del extranjero. Esto con el objeto de verificar que dichas mercancías se encuentren en el domicilio visitado a la fecha de notificación de la orden y de que se haya cumplido con las obligaciones con ellas relacionadas.

En estas visitas, cuando la autoridad no personaliza la visita precisando la persona o personas a las que va dirigida la orden de visita domiciliaria no constituye una omisión que implique violación al principio de legalidad previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues para facilitar y evitar entorpecer el objetivo del ejercicio comprobatorio de la autoridad fiscalizadora, es innecesario que la orden respectiva establezca con precisión el nombre de la persona a quien va dirigida la orden de visita

Lo anterior se debe a que la finalidad de tal medio de comprobación busca que la autoridad verifique la mercancía que se encuentre en el domicilio donde se practica, y que esta -en su caso- haya cumplido todos los requisitos para su legal estancia en el país. Lo anterior es independientemente de si pertenece únicamente a una persona o a otros.
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