jueves, 25 de marzo de 2010

El Contrato de Hipoteca

Este contrato viene a ser una garantía real que se constituye sobre bienes, muebles o inmuebles, que no se entregan al acreedor y que da derecho a este, en caso de incumplimiento del pago acordado, a cobrarse con el valor de los bienes.

La características especial de este contrato, además de las comunes para todos, es que es un contrato de garantía. Y que los elementos de existencia del mismo lo constituyen el consentimiento de las partes y el objeto del mismo en sí..

Se considera que existen dos tipos de hipoteca: la voluntaria, que seria aquella que es la convenida por las partes y con disposición de los bienes que se constituyen; y la necesaria que vendría a ser aquella que es especial y expresa que, por disposición de la ley, se está obligado a constituir para asegurar el crédito del acreedor.

Casos de Extinción de la Hipoteca

-Cuando se extinga el bien hipotecado.
-Cuando se extinga la obligación a que sirve la garantía.
-Cuando se expropie por causa de utilidad pública el bien hipotecado.
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