jueves, 22 de octubre de 2009

La forma de la letra de cambio

La letra de cambio implica un requisito muy importante para su validez y reconocimiento oficial, se debe expedir en impreso oficial o timbre emitido por el Estado, y su importe estará en proporción a la cuantía que se refleja en la misma.

La insuficiencia del timbre de la letra puede acarrear dificultades para emprender acciones contra el deudor en el caso de que ésta sea impagada.

Con la compra del impreso estamos abonando el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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