jueves, 22 de octubre de 2009

Estados Financieros Certificados o Dictaminados Diferencia

Estados Financieros Certificados.

El representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o de terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.


Estados Financieros Dictaminados.

Son dictaminados aquellos estados financieros certificados que se acompañen de la opinión profesional del contador público independiente -debidamente registrado- que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas.

Estos estados deben ser suscritos por dicho profesional, anteponiendo la expresión “ver la opinión adjunta” u otra similar.

El estado financiero dictaminado es aquel estado financiero que, además de estar certificado conforme a las leyes fiscales, está acompañado de la opinión profesional de un contador independiente que lo ha  examinado.

Es decir, que un contador que no haya preparado la contabilidad y los estados financieros, revisará dichos estados financieros y emitirá una opinión sobre ellos.

Un estado financiero no puede ser dictaminado por el mismo contador que lo elaboró y certificó, y es por ello que la ley exige que sea un contador independiente, es decir, externo a la empresa y por supuesto diferente del contador de la empresa.

Una cosa es certificar que los estados financieros corresponden a la realidad reflejada por los libros de contabilidad, y que por supuesto la información contenida allí es cierta, y otra cosa es emitir una opinión independiente sobre la forma y contenido de los estados financieros realizados por un tercero.

De la revisión que se haga de los estados financieros surgirá una opinión profesional que manifestará aspectos como si la contabilidad, las políticas y prácticas contables, y la elaboración de los estados financieros, se han realizado conforme a la ley y reglamentos aplicables, y esa opinión será la que haga que un estado financiero se pueda considerar como dictaminado.
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