Es común ver en nuestras
leyes que en las penalidades por infracciónes a las mismas determinen multas a
aplicar con un limite máximo y un limite mínimo, esto sin especificar en algún reglamento -o algo por el estilo- los elementos que intervendrán para aplicar el
limite máximo, el mínimo o alguna cantidad intermedia.
Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación
ha considerado en diversas jurisprudencias que cuando en la legislación se
contempla como sanción la aplicación de multas con límites máximo y mínimos, sin especificar los requisitos para aplicar uno u otro
limite o un importe intermedio, para su determinación y aplicación la autoridad
está obligada a tomar en cuenta los siguientes elementos: