El día 3 de septiembre de 2010, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal de Internet, el comunicado de prensa número 123/2010, relativo a la puesta en marcha de la facturación electrónica a partir del 1 de enero de 2011.
Mediante este boletín de prensa, se precisa lo siguiente:
Los nuevos mecanismos de comprobación fiscal que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2011.
A partir del 1 de enero de 2011 los contribuyentes deben expedir documentos digitales como comprobantes por las actividades que realicen, lo que supone una transición de un esquema opcional a un uso generalizado de facturación electrónica.
Cómo parte del esquema de transición, los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes impresos, podrán seguir utilizándolos hasta que se agote su vigencia de 2 años.