viernes, 8 de enero de 2010

Juegos con apuesta o El Gravamen a la Buena Suerte

Artículos 2 fracción II inciso B), 20 y Octavo transitorio Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)

Considerando la tecnología que se utiliza en la industria de los juegos con apuestas y sorteos, como base para las medidas de control de este tipo de negocios, se establece la obligación para esta industria de proporcionar la información en línea y en tiempo real de sus operaciones y registros en sus sistemas centrales de juegos con apuestas y sorteos, así como de caja y control de efectivo, lo que permitirá que la autoridad pueda verificar que el impuesto enterado haya sido determinado correctamente.

De no cumplir con lo anterior, se sancionará con clausura de 1 a 2 meses de los establecimientos en donde realicen las actividades de juegos con apuestas y sorteos. Asimismo, se considera una excepción en la aplicación de la sanción, cuando el incumplimiento se deba a fallas en los sistemas de cómputo por causas no imputables a los contribuyentes y se dé aviso al SAT.

Adicionalmente se incrementa la tasa aplicable, pasando del actual 20% al 30%.
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