Pregunta: Nuestra empresa maneja 50 sucursales en toda la republica, pero tenemos dudas en cuanto al registro de algunas de ellas en el SAT como establecimiento o local y/o con la direccion actual, la pregunta es: Se tiene que presentar un aviso (R2) complementario de todas las sucursales con los domicilios actuales para tener la certeza que ya estan todas debidamente registradas o que se puede hacer para saber las sucursales que ya estan registradas -y con qué direccion- y las que aun no lo estan?
Respuesta : Dentro de la normatividad fiscal no existen disposiciones mediante las cuales se señale que procedimiento debe seguirse para los efectos de su consulta, circunstancia por la que se concluye que, atendiendo a lo establecido en el Art. 34 del CFF, el contribuyente deberá hacer –mediante escrito libre que cumpla los requisitos del Art. 18 del mismo Código- su consulta de manera directa a las autoridades fiscales o, en su defecto, revisar la información que se tiene disponible del Expediente Integral del Contribuyente que se encuentra dentro del sector de Oficina Virtual de la Página de Internet del SAT –www.sat.gob.mx-.
Asimismo no recomendamos la presentación de los avisos ante el RFC, ya sea para efectuar la apertura de establecimientos –Formato R-1, Solicitud de inscripción al Registro federal de Contribuyentes- salvo que se tenga la seguridad de que se trata de aquellos locales o establecimientos por los que no se hubiera presentado con anterioridad.
Además, el presentar avisos complementarios para dar los domicilios actuales de establecimientos por los que ya se hubiera presentado el aviso de apertura, conlleva la necesidad de dar primero el aviso de cierre de establecimiento con la dirección anterior, toda vez que si no se hace de tal manera quedan las dos direcciones vigentes ante el RFC.
En consecuencia, reiteramos, es necesario allegarse información que únicamente se encuentra en poder de la autoridad fiscal a fin de poder hacer la depuración respectiva.