Muchas personas sospechan que debe haber algo ilegal cuando la utilidad contable es distinta a la utilidad fiscal.
La utilidad contable se determina apegándose a los principios contables, en tanto que la utilidad fiscal se determina de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento.
Las diferencias básicas entre ambas utilidades las podemos clasificar en cuatro tipos:
- Ingresos contables no acumulables fiscalmente.
- Gastos contables no deducibles fiscalmente.
- Ingresos acumulables fiscalmente no acreditados a las cuentas de resultados.
- Deducciones fiscales no cargadas a gastos.
En otras publicaciones se mencionarán varios ejemplos de cada una de estas clasificaciones.