Hay ocasiones en que los ingresos para el fisco no son los mismos que financieramente para la empresa. La emprresa los reconoce cuando la generacion del ingreso es inminente, pero el fisco no utiliza el mismo razonamiento.
Cuando estamos ante esta situacion lo mejor es llevar un adecuado control de estas partidas; pero antes de eso es muy importante el saber identificarlas.
A continuacion se presentan algunos casos, de los mas comunes, que podemos encontrar en la contabilidad de una empresa en operación:
1.- Se consideraran como ingresos acumulables las recuperaciones de cuentas canceladas con anterioridad fiscalmente. En el aspecto contable, dichas recuperaciones suelen acreditarse a la “Estimación para Cuentas de Cobro Dudoso”.
Cuando estamos ante esta situacion lo mejor es llevar un adecuado control de estas partidas; pero antes de eso es muy importante el saber identificarlas.
A continuacion se presentan algunos casos, de los mas comunes, que podemos encontrar en la contabilidad de una empresa en operación:
1.- Se consideraran como ingresos acumulables las recuperaciones de cuentas canceladas con anterioridad fiscalmente. En el aspecto contable, dichas recuperaciones suelen acreditarse a la “Estimación para Cuentas de Cobro Dudoso”.
2.- Las mejoras en bienes arrendados que queden en beneficio del arrendador -cuando concluya el plazo del contrato de arrendamiento- constituirán ingresos acumulables fiscalmente para el arrendador, aun cuando en el aspecto contable se acredite en forma directa una partida de superávit y no a las cuentas de resultados.
3.- En una empresa que vende en abonos se podrá optar por reconocer fiscalmente la utilidad derivada de la venta en abonos desde el periodo en que se celebro la venta, aun cuando para fines financieros se pospusiera el reconocimiento de dichas utilidades hasta en tanto se fueran efectuando los cobros a los clientes. En el periodo de la venta tendríamos un ingreso acumulable no acreditado a resultados.