viernes, 29 de enero de 2010

Tipos de Contratos segun sus Caracteristicas

Cuando se quiere, o se es necesario, perfeccionar alguna operación de comercio por lo general se recurre a un contrato.

Para esto existen contratos de características especiales, las cuales, originan el nombre de los mismos; aquí algunos de los tipos de contratos existentes:

Preliminares.- Son aquellos cuyo objeto es la celebración de un contrato a futuro es decir que es una promesa de contrato.

Unilaterales.- Cuando solo una de las partes contratantes queda obligada con la celebración del contrato.

Bilaterales.- Cuando existen derechos y obligaciones para ambos contratantes.

Principales.- Son aquellos que subsisten por sí mismos sin necesidad de otro contrato para su perfeccionamiento.

Accesorios.- Son aquellos que dependen de un contrato principal para su perfeccionamiento.

Conmutativos.- Son aquellos cuyos alcances se conocen por los contratantes desde su celebración.

Aleatorios.- Son aquellos que no se conocen sus alcances y que dependen de un acontecimiento futuro e incierto para su realización.

Onerosos.- Son aquellos que producen provechos y gravámenes para ambas partes.

Gratuitos.- Aquellos que producen provechos para una de las partes y gravámenes para la otra parte.

Instantáneos.- Son aquellos que producen sus efectos en un solo acto.

De Tracto Sucesivo.- Son los que surten sus efectos a través del tiempo.

Nominados.- Son aquellos que están regulados por el código civil.

Innominados.- Aquellos que no están regulados por el código civil.

Reales.- Cuando es necesario la entrega de la cosa.

Consensuales.- Son aquellos que se perfeccionan con el simple consentimiento de los contratantes.

Formales.- Aquellos que para su perfeccionamiento deben revestir una forma establecida por la ley. Ej. la compra - venta de inmuebles que deberá otorgarse ante la fe de notario público.

Consensual en Oposición a Real.- Es aquel que se perfecciona con el simple consentimiento de las partes, sin necesidad de que se entregue la cosa.

Consensual en Oposición a Formal.- Es aquel en que se da libertad a las partes para que manifiesten el consentimiento por el medio que deseen.

Fuente: Tecnologico.com
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