Los activos intangibles representan derechos que posee una empresa, no frente a una persona determinada, como es el caso de una cuenta por cobrar, sino frente a todos. Sitúan a la empresa en un momento ventajoso frente a los demás.
Por lo general se agrupan en activos intangibles de vida limitada y activos intangibles de vida ilimitada. Se registraran al costo y serán motivo de amortización. Por amortización se entiende el cargo periódico a costos o a gastos relacionados con los activos intangibles. La amortización de patentes en una industria se carga a los costos de producción.
Los activos intangibles de vida limitada se amortizaran precisamente en ese lapso. Se acostumbra amortizar los activos intangibles de vida ilimitada en un lapso que se juzgue prudente.
Se incluyen dentro de los activos intangibles las patentes, las marcas, los derechos de autor, el crédito mercantil, las consesiones, etc. El crédito mercantil solo aparecerá registrado en los libros cuando se hubiere pagado por él y no el creado o desarrollado. Para efectos fiscales no podrá amortizarse el crédito mercantil.
Se entiende por crédito mercantil al que se pague de mas con relación al capital contable de una empresa adquirida, después de considerar la revaluacion de los activos fijos que se hayan de traspasar.
La ley de ISR considera los gastos preoperativos, los gastos de organizacion o de reorganizacion como activos intangibles amortizables a la tasa del 10% anual. Tratadistas norteamericanos también clasifican los gastos de organizacion como activo intangible. A pesar de lo anterior, en México, los gastos de organizacion suelen clasificarse como cargos diferidos, conforme lo establecen los catálogos de cuentas de las instituciones de credito y de ka s instituciones de seguros.