martes, 15 de junio de 2010

Definicion de Sistema Financiero para efectos fiscales

Como ya lo hemos comentado en otras ocasiones, la autoridad fiscal necesita definir a su manera lo que ella considera pertinente, aun y cuando para el resto de los mortales este muy obvio lo que comprende o significa.

Para efectos fiscales, el Sistema Financiero se compone por el Banco de México, las instilaciones de crédito, de seguros y de fianzas, sociedades controladoras de grupos financieros, almacenes generales de deposito, administradoras de fondos para el retiro, arrendadoras financieras, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades de inversión de renta variable, sociedades de inversión en instrumentos de deuda.

También las empresas de factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio y sociedades financieras de objeto limitado, que sean residentes en México o en el extranjero.

De igual manera, para efectos fiscales, se consideraran integrantes del sistema financiero a las sociedades financieras de objeto múltiple a las que se refiere la ley general de organizaciones y actividades auxiliares del crédito que tengan cuentas y documentos por cobrar derivados de las actividades que deben constituir su objeto social principal.

Lo anterior sería conforme a lo dispuesto en dicha ley, y que representen al menos el setenta por ciento de sus activos totales, o bien, que tengan ingresos derivados de dichas actividades y de la enajenación o administración de los créditos otorgados por ellas, que representen al menos el setenta por ciento de sus ingresos totales.
Related Posts with Thumbnails