martes, 23 de febrero de 2010

El coeficiente de Utilidad

El procedimiento para calcular el coeficiente de utilidad, imprescindible para el cálculo del pago provisional y detallado en el artículo 14 Fr. I de la ley del Impuesto sobre la renta es el siguiente:

“Se calculara el coeficiente de utilidad correspondiente al ultimo ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, se adicionara la utilidad fiscal o reducirá la perdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el articulo 220 de esta ley. El resultado se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio".

La formula para calcular el coeficiente se puede expresar como sigue:

               Utilidad Fiscal              Deducción Inmediata
CU =     (Perdida Fiscal)     +             (Art. 220)
           ---------------------------------------------------------------
                                   Ingresos Nominales
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