martes, 23 de noviembre de 2010

Calculo del monto del salario de los dias de vacaciones


Hay muchos procedimientos que las leyes en sí no los traen definidos, y para ello es necesario apoyarse en situaciones similares o semejantes para llegar al resultado esperado por el legislador. Algunas leyes hacen referencia expresa de esta opción y otras apenas lo sugieren.

Supuestos en que se presenta el Pago de lo Indebido

Todos sabemos que el pago extingue la obligación entre el deudor y el acreedor, y siendo así ya no existe más que reclamar el uno al otro; sin embargo, hay ocasiones en que el deudor por algun error realizo el pago a otra persona que no era el acreedor, o bien pagó de más, o pagó una deuda que no le correspondía, cuando sepresente alguno de los casos antes mencionados, se estara ante un pago de lo indebido.

Aquí cabe evaluar qué es lo que se puede realizar cuando una persona incurre en error y paga indebidamente, ¿será posible solicitar que se restituya el pago?, ¿cuál es el plazo máximo para exigir la restitución del pago?, ¿qué ocurriría en caso de que la persona que recibió el pago lo transfiera a un tercero?

lunes, 22 de noviembre de 2010

Aspecto contable de las obligaciones en circulacion


Emitir obligaciones como una forma de generar recursos es similar a obtener financiamiento bancario con la ventaja de proponer el costo de ese financiamiento.

sábado, 20 de noviembre de 2010

Las Obligaciones como medio para obtener recursos


Hay ocasiones, en la vida de una empresa en que se ve la necesidad de crecer comercialmente, esto trae necesariamente una mayor producción y un aumento en la infraestructura. Consecuente para ese crecimiento son necesarios recursos.

Dentro de las posibilidades de conseguir recursos se cuentan estas tres opciones:

viernes, 19 de noviembre de 2010

Datos que deben contener las obligaciones


Las obligaciones deben contener:

-Nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista excepto en los casos en que se trate de obligaciones emitidas al portador en los términos del primer párrafo del artículo anterior;

-La denominación , el objeto y el domicilio de la sociedad emisora;

jueves, 18 de noviembre de 2010

Vacaciones


Desde niños, cuando estábamos en periodo escolar, esperábamos con ansias los periodos vacacionales: el de navidad, el de semana santa y las "vacaciones grandes" (el periodo intermedio entre un año escolar y otro).

Ahora -ya mayores- esperamos también con ansias el periodo vacacional que laboralmente nos corresponde.

La palabra vacaciones deriva del latin vacans, participio del verbo vacare: estar libre, desocupado, vacante (como un puesto de trabajo). Vacuus: vacío, desocupado libre. Vacui dies: días de descanso Vacatio (-ionis): dispensa, exención.

La Ley Federal del Trabajo define en su articulo 76 que los trabajadores que tengan más de un año de servicios en una misma empresa tendrán derecho a un período anual de vacaciones con goce de sueldo, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios.

En caso de termino de la relación laboral -voluntaria, involuntaria o por termino de contrato- el empleado o trabajador tendrá derecho al pago proporcional de acuerdo a los días trabajados en el año.

Solo en este caso -de terminacion de la relación laboral- los días de vacaciones no disfrutados podrán ser compensados con una remuneracion.

Legalmente, Art. 81 LFT, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios, sin embargo y de mutuo acuerdo entre el trabajador y el patrón estas podrán disfrutarse en cualquier otro momento, llegando incluso a  considerar los permisos y faltas a cuenta de vacaciones.

  Tabla de días de vacaciones mínimas
            de acuerdo a la LFT
Años de trabajo         Días de vacaciones
         1                                      6
         2                                      8
         3                                     10
         4  al 8                             12
         9  al 13                           14
        14 al 18                           16
        19 al 23                           18
        24 al 28                           20
             
Por ultimo, cabe mencionar que la misma ley estipula en su articulo 179 que los menores de 16 años que laboren tendrán derecho a periodos de 18 días laborables de vacaciones desde el primer año, sin especificar que pasará con los subsecuentes o cuando adquiera la mayoría de edad.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

Servicios profesionales esporadicos


Pregunta: Dr Fiscal, soy una persona mayor, jubilada, con amplia experiencia y capacidad para prestar servicios profesionales en el área de ingeniería. Recientemente fui requerido para asesorar en una empresa en el ramo industrial, por una sola vez en el presente año, tal vez vuelvan a requerir mis servicios en el 2011 pero eso me lo confirmaran mas adelante. El contador de esta empresa me esta solicitando que le extienda un recibo que reuna los requisitos fiscales para poder realizarme el pago correspondiente por la prestación de mis servicios. ¿Que tengo que hacer? 

martes, 16 de noviembre de 2010

Deducciones mayores a dos mil pesos se pueden pagar en efectivo


El art. 31 fr III cuarto párrafo, menciona el momento -o las circunstancias- en que el contribuyente puede quedar relevado de dicha obligación:

"Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, monederos electrónicos o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa a que se refiere esta fracción, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios bancarios." 
Por medio del reglamento de la ley del ISR se mencionan las condiciones especificas que se deberán presentar para que la autoridad autorice por medio de permiso especial -con validez por el ejercicio en que se solicita- que ampare dichas erogaciones:
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