Ley del IETU no vulnera principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria.
México D. F., 27 de Abril de 2010
Así lo determinaron los ministros al negar el amparo a diversas empresas.
Permite la deducción de regalías entre partes independientes y las prohíbe cuando se trata de partes relacionadas, resolvió el Pleno.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no vulnera los principios de legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria, así como de seguridad jurídica, toda vez que su objeto se encuentra delimitado en dicho ordenamiento, señalando que éste corresponde a los ingresos brutos, sin perjuicio de las deducciones y créditos que prevé la ley.