Pregunta: Formamos un sindicato y lo registramos como persona moral con fines no lucrativos. Ahora tenemos que realizar una enajenación de bienes distintos de nuestro activo fijo y, por lo tanto, nos vemos en la necesidad de expedir un comprobante fiscal por dicha operación, al hacerlo tendríamos que informarlo a la autoridad y enterar los impuestos correspondientes. Lo anterior nos haría contribuyentes del impuesto sobre la renta, la pregunta es si solo en el ejercicio que se realicen operaciones empresariales tendríamos que tributar como tales o la autoridad ya no volverá a considerarnos como persona moral no contribuyente?
Respuesta: Tomando en consideración:
1.- Que es una persona moral que se encuentra en el Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos, ésta no es contribuyente del impuesto sobre la renta, salvo que se ubicara en los supuestos establecidos por el artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.







