martes, 6 de abril de 2010

Responsabilidad Solidaria de los Administradores en Materia Fiscal

Conforme al artículo 14, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la garantía de audiencia previa a la emisión de un acto de autoridad es de observancia obligatoria únicamente tratándose de actos privativos, mas no así de actos de molestia que no tengan la finalidad de privar al afectado de alguno de sus bienes o derechos.

En ese sentido, se concluye que el artículo 26, fracción III, tercer párrafo, inciso b), del Código Fiscal de la Federación, al prever que la persona o personas -cualquiera que sea el nombre con que se les designe-, que tengan conferida la dirección general, la gerencia general, o la administración única de las personas morales, serán responsables solidarios por las contribuciones causadas o no retenidas por dichas personas morales durante su gestión, así como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma.

lunes, 5 de abril de 2010

Dias Inhabiles en Materia Fiscal

El primer párrafo del artículo 13 del Código Fiscal de la Federación dispone que la práctica de diligencias por las autoridades tributarias fiscales, deberá efectuarse en días y horas hábiles, que son las comprendidas entre las siete treinta y las dieciocho horas, y que una diligencia de notificación iniciada en horas hábiles podrá concluirse en una hora inhábil sin afectar su validez.

Ahora bien, el segundo párrafo del propio precepto establece que para la práctica de las visitas domiciliarias, del procedimiento administrativo de ejecución, de notificaciones y de embargos precautorios, las autoridades podrán habilitar días y horas inhábiles, siempre que la persona con quien se va a practicar la diligencia realice las actividades por las que deba pagar contribuciones en tales días u horas.

Así, de la interpretación del comentado artículo se advierte que si bien la autoridad fiscal tiene la facultad de habilitar días inhábiles para la práctica de las indicadas actuaciones, lo cierto es que en el mandamiento correspondiente debe señalar también las horas inhábiles que habilita, pues de lo contrario su actuación se considerará violatoria de las garantías individuales de los contribuyentes.

Embargo precautorio o Aseguramiento de Bienes

En dias pasados, el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 17/95, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, septiembre 1995, página 27, con el rubro: "EMBARGO PRECAUTORIO. EL ARTÍCULO 145 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ VIOLA EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN.", estableció que la traba del embargo precautorio sobre bienes del contribuyente, sin encontrarse determinada o cuantificada la obligación fiscal, resulta contraria al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al crearse un estado de incertidumbre en el contribuyente quien desconoce la justificación del aseguramiento para garantizar un supuesto crédito fiscal con un monto no determinado, sin que la finalidad de proteger el interés fiscal justifique dicha medida, lo cual dio lugar a la modificación del precepto 145 del Código Fiscal de la Federación y a la emisión del vigente artículo 145-A del mismo ordenamiento que contiene la institución del aseguramiento de bienes, la cual es de naturaleza diversa al embargo precautorio en materia fiscal.

Proforma de Politicas para el manejo del Fondo Fijo de Caja

1.- El fondo fijo de caja (caja chica) esta destinado para cubrir los gastos menores y urgentes de la empresa tales como mensajerías, autopistas, artículos de limpieza, compra de toner, reparaciones menores de los automóviles, etc. o cuyo importe de los mismos no sea superior a $_________.

2.- Todos los pagos que se hagan con fondo de caja chica deberán estar previamente autorizados por el responsable del departamento donde se vaya a aplicar o por el Cntador.

3.- Todas las facturas que se paguen con caja chica deberán de contener los requisitos fiscales y fecha reciente de expedición.

domingo, 4 de abril de 2010

Conceptos de Comercio Exterior Tercera Parte

¿Qué es un CREDITO FISCAL? Es la Cantidad liquida que tiene derecho a percibir el estado proveniente de las contribuciones y aprovechamientos, así como de sus accesorios, establecidas en las Leyes.

¿Qué es una CUENTA ADUANERA? Cuenta bancaria dentro de institución autorizada para este fin (Bancomer, Banamex o Bital básicamente) donde se depositan las contribuciones generadas por concepto de la importación definitiva de mercancías, mismo que si en el plazo menor a 3 años son retornadas al extranjero en su mismo estado, el contribuyente podrá recuperar la parte proporcional de las contribuciones depositadas más rendimientos bancarios. Figura que permite recuperar el pago de los impuestos (impuesto al comercio exterior, IEPS e incluso IVA) posterior a la exposición de mercancías.

Conceptos de Comercio Exterior Segunda Parte

¿Qué es una CARTA ENCOMIENDA? Es una Autorización girada al agente aduanal para que en nombre del importador o exportador se lleven a cabo los trámites de despacho de mercancías.

¿Qué es CARTA DE INSTRUCCIONES? Son Instrucciones escritas efectuadas al agente aduanal donde se indican las características de la operación tales como régimen, valoración, entrega y situaciones especiales sobre las importaciones y exportaciones del contribuyente.

¿Qué es un CERTIFICADO DE ORIGEN? Documento mediante el cual se comprueba el origen de las mercancías.

¿Qué es un CERTIFICADO FITOSANITARIO? Es un Documento que expide la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) para productos de origen vegetal y forestal, con el objeto de prevenir plagas y enfermedades.

Conceptos de Comercio Exterior Primera Parte

¿Qué es un Agente Aduanal?  Es una persona física independiente que cuenta con autorización por parte del Servicio de Administración Tributaria (patente) para representar a los contribuyentes que deseen efectuar operaciones de entrada de mercancías al país o de su salida.

¿Que significa AIRWAY BILL (AWB)? Guía Aérea.

¿Qué es un ALMACEN GENERAL DE DEPÓSITO? Es una Organización auxiliar del crédito que tiene como objetivo el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías así como la expedición de certificados de depósitos y bonos de despensa y otorgar servicios a las mercancías depositadas a fin de aumentar el valor de éstas sin que varié su naturaleza.

¿Qué significa las siglas ALTEX y que es? Empresas altamente Exportadoras. Es un Registro que otorga la Secretaría de Economía a las personas morales productoras de mercancías no petroleras de exportación que participan de manera dinámica y permanente en los mercados internacionales. Su principal beneficio es lograr una devolución del IVA en menor tiempo.

¿Qué es un APODERADO ADUANAL? Es una Persona física asalariada y contratada por algún contribuyente, para que en su nombre y representación pueda efectuar, previa autorización del servicio de Administración Tributaria, el despacho aduanal sin necesidad de contratar los servicios de un agente aduanal autorizado.

sábado, 3 de abril de 2010

Campo fértil para los emprendimientos

Pese a todas las condiciones adversas que ha traído consigo la recesión mundial y las estimaciones deprimentes de los últimos pronósticos económicos, el espíritu emprendedor no ha decaído en estos momentos.

De por sí, los emprendedores andan siempre tras la búsqueda de nuevas ideas y posibilidades, independientemente del panorama económico y las dificultades. Es más, se dice que el espíritu emprendedor nace realmente en situaciones de adversidad.

A lo largo de los años, se han emitido pruebas convincentes de cómo el emprendimiento ha tomado más fuerza en los momentos económicamente más inciertos de la historia de un país.
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