Pregunta: Uno de nuestros vehículos de reparto recientemente participó en un accidente de transito, por lo que fue necesaria la intervención de la compañía aseguradora con la que tenemos contrato de cobertura para el caso de siniestros en los que participen nuestros vehículos. Una vez reparada nuestra unidad se nos informo del pago del deducible correspondiente -para poder retirarla- con la sorpresa de que al importe del deducible el prestador del servicio de reparación le estaba incluyendo el impuesto al valor agregado argumentando que así se lo habían indicado. ¿Es correcto eso?