Hay ocasiones en que los saldos a favor de impuestos no se desean acreditar o compensar y se opta por solicitar devolución.
Antes de optar por ese tramite es bueno conocer los requisitos que, al respecto, se tienen que cumplir. Pero también es recomendable conocer los elementos que tiene la autoridad para tener la certeza de la veracidad de la solicitud del contribuyente y proceder a la devolución correspondiente.
De acuerdo al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal cuenta con los siguientes plazos a partir de la presentación de la solicitud de devolución de saldos a favor: