lunes, 7 de marzo de 2011

Los estados consolidados



Se elaboran estados consolidados cuando existen sociedades controladoras y subsidiarias. Si una empresa posee mas del 50% de las acciones de otra sociedad se le considera empresa controladora (holding).

En ocasiones dicho control efectivamente se puede lograr con menos del 50% de las acciones y esto sucede cuando el resto de los acciones están diseminadas entre muchos otros pequeños inversionistas. o bien dicho control se podrá adquirir de una manera indirecta  cuando la empresa A posea el 90% de las acciones de la compañia B y esta a su vez posea el 80% de las acciones de la compañia C, siendo A empresa controladora de C en forma indirecta.

En terminología contable cuando se consolidan los estados financieros de una empresa matriz con los estados financieros de sus sucursales y agencias se les denomina estados combinados.

La relación entre empresas de un grupo podrá ser de tipo vertical u horizontal. Si una de las empresas del grupo extrae la  materia prima y otra la procesa y aun otra distribuye el producto terminado la relación entre estas empresas se denomina vertical. Por otro lado, si una empresa adquiere el control de otra que se dedica al mismo giro, constituirá una relación horizontal.

En la contabilidad de la empresa controladora se tendrá una cuenta de activo denominada "Inversiones en Acciones de Subsidiaria" donde se reflejaraá el costo inicial de la inversión y la porción de ganancias, perdidas y dividendos que obtenga o reparta la subsidiaria siempre que se aumente o reduzca el capital contable de la subsidiaria.

En este caso nos estamos refiriendo al "método de participacion" para el manejo de la cuenta "Inversiones en Acciones de Subsidiarias" el cual es recomendado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

También podrá manejarse dicha cuenta conforme al método de costo, en el cual se registraría la inversión al costo original y no se afectaría por las utilidades o perdidas obtenidas, ni por los dividendos pagados por las subsidiarias, salvo que estos dividendos representaran una devolución de parte de lo pagado originalmente por la inversión.

Los dividendos obtenidos se acreditan a otros ingresos conforme a este método. El método de participacion facultaría la consolidación de estados, puesto que bastara con eliminar la partida del capital contable de la subsidiaria que pertenece a la controladora multiplicando el porcentaje por dicho capital contable, cancelando a su vez el saldo que tenga la cuenta de inversión.

Cualquier diferencia que surja al hacer tal asiento se deberá a un diferencial o exceso pagado con relación a las acciones adquiridas por la controladora con respecto al valor contable que tenían dichas acciones a la fecha de la compra. Algunos contadores le llaman a esta diferencia o exceso "Crédito Mercantil en Consolidación".
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